Informe del Comité de ética y
derechos humanos
al Ministerio de Salud de la
Nación
ÍNDICE
1. Fundamentación
2. Principios generales de la bioética y los
derechos humanos en la pandemia
3. Abordaje de los principales conflictos
3.1. Políticas
públicas vs. derechos y libertades individuales
3.2. Pandemia vs.
recursos críticos
3.3. Infodemia vs. derecho a la
información
3.4. Uso de datos personales sensibles
vs. derecho a la privacidad
3.5. Discriminación vs.
reconocimiento de grupos vulnerables
- Personas y
comunidades en el primer nivel de atención
- Personas con
enfermedades crónicas no transmisibles
- Pobres e
indigentes
- Poblaciones en situación de vulnerabilidad
social en contextos urbanos
- Equipo de salud
- Niños, niñas y
adolescentes
-
Personas con padecimientos mentales
- Personas que
necesitan recibir atención en salud sexual y reproductiva
- Personas que sufren violencias de género
- Minorías sexuales
- Pueblos originarios
- Personas privadas de la libertad
- Adultos mayores
4. Conclusiones
1. FUNDAMENTACIÓN
América y el mundo se
enfrentan a una emergencia sanitaria global sin precedentes ocasionada por la
pandemia del virus que causa el COVID 19, de la que Argentina no es ajena. En el
accionar para afrontar la gravedad de la pandemia se comprometen valores que,
según sean jerarquizados, resultará en determinadas decisiones con alto impacto en la salud,
la vida y la integridad de la población. Las tomas de decisiones en salud
comprometen al plexo normativo in toto
de los derechos humanos. Llevan implícitos
cambios significativos y cualitativos en el rediseño de las políticas públicas
con una profunda repercusión en las vidas de la ciudadanía toda. Elaborar e
implementar una agenda ética en salud pública en tiempos de pandemia, requiere
de un delicado equilibrio entre las necesidades más urgentes en el binomio
salud/enfermedad, ya sea en la atención de los pacientes con morbilidades
preexistentes crónicas, de cuidados críticos o paliativos, de la atención de la
salud mental, los consultorios de género y tantos más, que no pueden ni deben
soslayarse.
La ética reconoce como
fundamento el respeto a la dignidad humana, considerando, como afirma la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, “que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen
por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales
e inalienables de todos los miembros de la familia humana". En
base a los lineamientos éticos y constitucionales en términos de derechos
humanos, la planificación y el diseño de una política pública saludable
requiere trazar los ejes esenciales que optimicen el cuidado de la salud
poblacional, tales como garantizar la distribución equitativa y el acceso
igualitario a los servicios del cuidado de la salud y de la atención de la enfermedad.
Las desventajas de los denominados “grupos vulnerables” de nuestra sociedad, ya
sean biológicas, psicológicas y/o sociales, impele al reconocimiento de un plus
en la distribución de los beneficios como principio restitutivo en la justa
distribución de un bien, como lo es la salud.
En el diseño de las políticas
en salud, incluso en momentos de crisis por la pandemia, se requiere una mirada
integral, intersectorial en términos de implementación de políticas sanitarias
que se proyecten como sustentables y sostenibles. Lo cual no impide que las
necesidades individuales en relación a la atención de la
enfermedad, deban ceder. La salud comunitaria y la salud individual
no deben ser dicotómicas, sino sinérgicas en miras del bien social, que incluye
necesariamente al bien individual.
En tiempos de pandemia, los
conflictos y/o dilemas éticos se agravan ante falencias estructurales en el
Sistema de Salud Argentino, con intermitencias históricas en el rol rector del
Estado Nacional en términos de derechos humanos. Tal es el caso de la
descentralización operativa en las provincias, con la consecuente degradación
del rol rector del Estado, y la desarticulación en los tres subsectores. Esto,
son secuelas, en gran medida, de las políticas implementadas en su momento
congruentes con el Consenso de Washington, que de alguna manera, hoy persisten.
La sustentabilidad y sostenibilidad de las políticas públicas en salud, en
consonancia con criterios justos de distribución de los recursos, requiere del
reconocimiento y fortalecimiento del vínculo con la comunidad de referencia.
2. PRINCIPIOS GENERALES DE
LA BIOÉTICA Y LOS DERECHOS HUMANOS EN LA PANDEMIA
En situaciones de emergencia
y pandemia, la bioética apela a la ética de la salud pública como guía ante los
dilemas y desafíos que se presentan, por ello debe adoptar planes de
contingencia y de crisis en cuanto a la prevención de la enfermedad y la atención
a los enfermos. Sin embargo, la salud pública debe responder también a uno de
los desafíos que presenta la actual pandemia que es la falta de conocimiento
sobre posibles tratamientos o vacunas aún inexistentes; tratamientos
preventivos preexposición y post
exposición para quienes están en la primera línea de
atención a la salud; diagnósticos confiables para monitorear la evolución de la
epidemia en la población; conocimiento básico de cómo funciona el SARS-CoV-2 en
el organismo humano; si se adquiere inmunidad y por cuánto tiempo dura y
conocimiento epidemiológico de cómo se transmite;
cuánto tiempo permanece en distintas superficies y si existen materiales que lo
repelen. Estas deben ser investigaciones relevantes y, fundamentalmente, tener
valor social. Esto es, responder a las necesidades de salud y a las prioridades
de las personas enfermas y de la salud pública manteniendo los más altos
estándares éticos, pero con la rapidez que la pandemia demanda. Como sociedad
tenemos, es verdad, la obligación moral de hacer investigación tan rápido como
sea posible a fin de producir la evidencia necesaria para dar respuesta a la
pandemia. Sin embargo, la misma debe ser realizada con rigor científico,
protegiendo a las personas que participan en la investigación, respetando la
ética y los derechos humanos.
La dignidad personal ligada
al principio de inviolabilidad, e indivisibilidad en términos de los derechos
humanos, cobran pleno sentido cuando el principio bioético de respeto por las
personas se concreta en medidas de distribución de cargas y beneficios que
deben ser justas atendiendo a la equidad y la solidaridad.
Una política sanitaria justa
debe entonces poner especial atención a las condiciones que producen y
reproducen las desigualdades sociales, con el objetivo de revertirlas y no solo
de repararlas. Por ello, si bien los distintos contextos ocasionados por la
pandemia impactan especialmente sobre la vida, la salud y la integridad, los
planes de prevención y atención del COVID 19 no
deben desconocer que también se ven seriamente afectados sobre todo el derecho
al trabajo, a la seguridad social, a la educación, a la circulación y
a la alimentación.
Como Comité de Ética y
Derechos Humanos sostenemos que el criterio
último de la distribución de cargas y beneficios debe ser la igualdad. Sin
embargo, reconocemos que, en la práctica, la igualdad se traduce en equidad
-diferenciando circunstancias y contextos que atañen a las personas. Por ello,
el criterio que rija la distribución equitativa debe permitir repartir los
beneficios y los riesgos de un modo balanceado a toda la población,
estableciendo y dándole a conocer de una manera clara y transparente, las
reglas específicas de ese reparto, explicando quién y por qué recibe ciertos
beneficios que no alcanzan a otros y las circunstancias o contextos que obligan
a la diferencia, sin olvidar a ninguna persona. Para que la justicia como
equidad sea un factum, en situación
de pandemia, se requiere como condición necesaria, transparentar los procesos
en la redistribución para la asignación de los recursos en salud, en términos
de eficiencia y eficacia, poniendo el acento en los grupos sociales en mayor
estado de vulnerabilidad que reclaman políticas activas para la protección de
sus derechos humanos esenciales. Tal es el caso del derecho a la accesibilidad
al agua potable y a la alimentación saludable entre otros determinantes
sociales, que deben ser tenidos en cuenta para una justa accesibilidad al
sistema de salud y la igualdad de oportunidad en el ejercicio efectivo de los
derechos humanos.
La toma de decisiones, así
como la información, deben ser abiertas y públicas, permitiendo quejas y
desacuerdos. Deben tener responsables públicamente conocidos y estar disponibles para su
consulta y reconsulta. Otro requisito es que sean razonables, es decir,
fundamentadas en razones, en la práctica, en la evidencia disponible y otros
saberes y experiencias, así como factibles de ser aplicadas.
Queda claro que los
aspectos éticos a priorizar tienen que ver con un enfoque poblacional, en el
cual los intereses colectivos vinculados con la salud pública adquieren
preponderancia por sobre los intereses individuales, pues las acciones
individuales sin un sentido de cuidado colectivo pueden poner en riesgo la vida
de toda la población. Esto no significa estar a favor de la falsa
dicotomía entre derechos individuales y colectivos, por el contrario, ambos
son interdependientes: las dos caras de una misma moneda,
siendo que a mayor ejercicio de los derechos de todas las personas,
se amplían los propios.
En términos prácticos, el
énfasis debe ser puesto en valores primordiales tales como la solidaridad,
concepto que alude a que todos somos parte de un mismo colectivo. Sin embargo,
es preciso considerar también una confianza sustentada en las relaciones que
deben construirse entre la ciudadanía, los gobernantes, las organizaciones y
todo colectivo social; la transparencia que permite la rendición de
cuentas; la imparcialidad; la proporcionalidad y reciprocidad que
implican un reconocimiento especial para quienes reciben más cargas en su
trabajo y responsabilidad; la veracidad sobre todo en la información y la
universalidad para que las políticas sanitarias alcancen a todos.
El sentido bioético de las
políticas sanitarias se basa en promover y fortalecer las políticas que hacen
del “cuidar a todos” la estrategia de cuidar y salvar, en la medida de lo
posible, el mayor número de vidas bajo el supuesto del pleno respeto de la
dignidad de todo ser humano, aún en situaciones de recursos críticos escasos.
Respetar el derecho a la salud implica la elaboración de planes nacionales para
que la salud sea una política de Estado capaz de garantizar procesos que
disminuyan la desigualdad entre grupos sociales, provincias y regiones, y deje
de ser considerado un hecho ineludible. Por consiguiente, todos los
recursos tanto del subsector público, del privado y de obras sociales, deben
estar disponibles para toda la población, debiendo su asignación responder a
los criterios clínicos enunciados y a los de la salud pública, y no a los del
mercado. El factum del
recurso escaso debe contemplarse con la mirada puesta en la igualdad de
derechos, en la dignidad de todo ser humano que iguala y
debe resolverse justamente, lo más justamente posible, con plena conciencia de
la injusticia de la situación fáctica. El recurso escaso en cuestiones que
afectan a la vida de una población es una injusticia a reparar (siempre que sea
posible) y no un factum a
aceptar. Este estado de emergencia pone en relevancia la preeminencia del
derecho a la salud por sobre el derecho a la propiedad, acorde asimismo a las
definiciones constitucionales de “la salud como derecho colectivo, público y
como capital social”.
3. ABORDAJE
DE LOS PRINCIPALES CONFLICTOS
La intención de
este documento es hacer recomendaciones para que sean tomadas como marco de
referencia en las decisiones ministeriales frente a algunos conflictos éticos
que pueden generar las políticas públicas que se decidan para combatir al
COVID 19.
3.1. Políticas públicas vs.
derechos y libertades individuales
La urgencia y la emergencia
no son razones para olvidar, en pos de la prevención e incluso del tratamiento,
el carácter de libre de las personas ni de su autonomía. Toda limitación de
esas libertades debe ser justificada públicamente y con la debida transparencia
y, en lo posible, con aprobación social, explicando que las restricciones que
se tomen son proporcionales a la amenaza y únicamente deben ser asumidas en la
medida de que sean necesarias para prevenir o contrarrestar un daño previsible.
En este sentido, debe quedar claro para las autoridades y la población que, en
situaciones de pandemia, los aspectos éticos que se priorizan tienen que ver
con un enfoque poblacional, en el cual los intereses colectivos vinculados con
la salud pública adquieren preponderancia por sobre los intereses individuales,
pues las acciones individuales sin un sentido de cuidado colectivo pueden poner
en riesgo la vida de toda la población. Reconocer esto no evita necesariamente
la tensión entre los derechos individuales y los derechos colectivos que
siempre puede generar algún tipo de polémica, por lo que la misma debe ser
ponderada bajo los requisitos de necesidad, legalidad, proporcionalidad y
temporalidad.
La ética de la salud pública
frente al contexto actual de COVID 19 nos lleva a tratar de equilibrar la
tensión entre las necesidades colectivas e individuales. El bien público (y la
evidencia científica que se tiene por el momento) requiere de medidas que
"aplanen la curva" de la pandemia, reduciendo las tasas de infección
por medio del aislamiento social obligatorio, el aislamiento de personas con
sospecha de contagio y el distanciamiento social. Y si bien la autonomía es el
derecho de una persona a la autodeterminación, su ejercicio continuo no sólo no
debe infringir el respeto del otro sino que, en el contexto de una pandemia, no
puede -en situaciones de excepción o
incluso cuando está en juego la salud pública- interponerse al bien común:
ética y legalmente, aquí es donde la autonomía alcanza su límite. Al evadir el
aislamiento en nombre de la autonomía, se pone en peligro a muchas personas que
están en riesgo de COVID 19 mientras esas mismas personas solidariamente
restringen sus propios derechos y bienestar en función del bien común. No
obstante, las políticas públicas basadas en la ética deben regirse por
principios prudenciales: si la norma obliga al distanciamiento físico, no
pueden prohibirse conductas individuales que respeten dicho distanciamiento. Probablemente,
la aprobación y adherencia se alcance cuando se muestre que las razones de las
restricciones tomadas son proporcionales a la amenaza y que sólo son tomadas en
la medida en que son necesarias para prevenir o contrarrestar un daño
previsible.
3.2. Pandemia vs. recursos
críticos
En una pandemia como la de COVID 19, el uso de los recursos críticos debe ser diseñado, desarrollado y
evaluado por un Plan dirigido al bien común, entendido éste como la protección
de la vida y el cuidado de la salud. Dicho Plan debe legitimar la introducción
de un estándar nacional extraordinario que legalmente establezca los criterios
y procedimientos para la asignación de recursos críticos de modo imparcial,
equitativo y universal para la emergencia, sin olvidar que la eficacia en el
salvar vidas debe quedar sujeta al respeto de la dignidad de todo ser humano, a
su trato digno cualquiera sea el recurso con el que se cuente para poder
asistirlo. Ese Plan debe fortalecerse mediante la coordinación de la autoridad
nacional con las provinciales y municipales, con los establecimientos locales
de salud según regiones sanitarias y sus comités de crisis, y con los
trabajadores de salud.
Asimismo, es esencial lograr
la comunicación permanente y de fácil acceso a través de una red nacional de
enlace permanente entre las unidades de cuidados críticos (UCI) de todo el país
y las autoridades coordinadoras del Plan. También fortalecer la capacitación de
los trabajadores de salud para el uso racional de los recursos críticos para la
realización de un triage terciario
según la probabilidad de supervivencia, y su capacitación para actuar en modo
individual o integrando equipos para tomar decisiones. Un estándar de
emergencia enmarca las decisiones en salud pero no restringe el criterio
clínico de manejo del paciente individual. El monitoreo del Plan y sus ajustes
deben ser realizados en colaboración por los trabajadores de la salud,
investigadores clínicos, epidemiólogos, especialistas en ética, estadísticos,
profesionales de laboratorio, científicos básicos y expertos en salud pública.
Sus contenidos y criterios de priorización deben ser transparentes y de acceso
público. Transparentar los procesos en la asignación de recursos promueve
y facilita que las acciones en salud sean aprobadas y valoradas moralmente por
todos y ello conlleva al reconocimiento social y moral, como condición de
posibilidad de la tan valorada confianza pública.
El estándar nacional de este
plan permitiría dar vigencia al principio de no discriminación:
por escasos que sean los recursos que el sistema de salud pueda destinar a
la pandemia, es éticamente inaceptable establecer criterios de priorización o
de atención basados en el valor social de las personas, como hemos visto que
sucedió en algunos países europeos. Este es un concepto ambiguo que puede dar
lugar a una discriminación que colisiona, inevitablemente, con el valor de la
dignidad humana como principio igualador de todas las personas. Es preciso no
olvidar que la idea del valor social se encuentra muy arraigada en sociedades
como la nuestra, permeadas ideológicamente por la identificación neoliberal de
valor social con utilidad o productividad económica, que aplica no sólo a los
procesos sino también a las personas. Esta valoración opera de hecho como un
supuesto implícito en la toma de decisiones en casi todas las instituciones y
las de salud no son una excepción.
El conflicto entre economía y
recursos sanitarios necesita tomar en cuenta que la pandemia pone de
manifiesto las deficiencias que ya tienen los sistemas públicos de salud de
nuestros países.
3.3. Infodemia vs. derecho a
la información
Como toda innovación
tecnológica, Internet da lugar a dos usos, uno positivo y otro negativo. El
positivo es el que nos permite continuar relacionándonos con los otros,
preserva la comunicación de los vínculos afectivos y nos permite informarnos no
sólo sobre la realidad nacional y mundial, sino además sobre cómo conducirnos
para enfrentar la pandemia: desde las conductas de higiene personal hasta cómo
darle un sentido personal al aislamiento social. El uso negativo es que la
pandemia dio lugar a una infodemia. Desde su aparición, convivimos con una
sobresaturación de información.
En primer lugar, aun cuando
los comunicadores pueden ser bien intencionados, no todos están capacitados
para evaluar adecuadamente la información o para transmitir estadísticas,
avances médicos, requerimientos epidemiológicos. En segundo lugar, cuando la
fuente original de la noticia periodística es un estudio de investigación
llevado a cabo en alguna universidad o centro científico esa información suele
ser sintetizada, reinterpretada, modificada e incluso llega a ser sesgada a la
medida de los propios intereses del comunicador. Una manera de verificar la
fidelidad de la información es que ésta mencione la fuente de donde ha sido
extraída. Hoy las comunicaciones no se limitan a los medios de comunicación
tradicionales sino que se propagan por redes sociales que las multiplican hasta
el infinito, modificándose a voluntad. Por ello, es muy difícil que quien reciba información
por redes sociales pueda verificar esa información, y mucho más difícil es
requerir esa verificación a las redes sociales, las cuales terminan siendo
anónimas. La solución sería hacer caso omiso de las informaciones provenientes
de cadenas de mensajes que se envían por redes sociales que no puedan ser
verificadas. En tercer lugar, nos encontramos con la misma dificultad para
establecer hasta qué punto un conflicto de intereses (financieros, políticos,
religiosos, etc.) modifica la información.
La infodemia nos acecha como
sociedad y corre a mayor velocidad que el virus, violando el derecho a la
información veraz, el derecho a la confidencialidad e intimidad, el derecho a
la salud. Las respuestas de las autoridades no deben considerar sólo las fake news sino, sobre todo, la
distorsión simbólica de las palabras, la interpretación interesada de los
actos, el uso ideológico de los conceptos. Las autoridades deben procurar
minimizar la invasión de noticias poco confiables, maliciosas o falsas con las
se alimenta el miedo y la angustia, cuando no se promueven conductas
incorrectas. Con el propósito de no incrementar el grado de ansiedad que
produce naturalmente el confinamiento forzoso, se recomienda aconsejar no creer
todo lo que se transmite, y ante cualquier duda, buscar fuentes oficiales
nacionales e internacionales confiables.
En estas circunstancias
anómalas, la única respuesta posible del Ministerio de Salud deber ser veraz,
valiéndose de la comunicación permanente y transparente no sólo de datos desnudos
sino de las razones por las que se toman las medidas con la proyección de las
mismas, como asimismo de mensajes alentadores y promotores de conductas
solidarias, además de toda información clara y precisa de cómo acceder a los
beneficios dispuestos.
3.4. Uso de datos
personales sensibles vs. derecho a la privacidad
El sistema de
prevención y cuidado ciudadano se vale de una plataforma digital. Sin embargo,
dado que además de que la app solicita al usuario sus datos personales y número
de celular, también se comparte la geolocalización del mismo. El protocolo de
emergencia sanitaria obliga a declarar el domicilio donde la persona transita
la cuarentena. Además, para realizar el autodiagnóstico, el usuario debe
responder preguntas sobre su temperatura corporal, otros síntomas y
enfermedades preexistentes, es decir datos privados sensibles. Estos datos
refieren al “origen racial y étnico, opiniones políticas y convicciones
religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente
a la salud o la vida sexual” (Ley 25326 R.A.) y son ciertamente los que mayor
precaución y protección demandan.
El detalle de
estos datos, conduce a un uso más rápido y más fácil de los recursos en línea,
pero al mismo tiempo, genera una opacidad a la que se suma que se continúan
recopilando datos durante la navegación por la web de un usuario mientras éste
está conectado. El análisis predictivo que puede ser utilizado por razones
justificadas por la pandemia permite tomar decisiones por asociación que pueden
afectar negativamente a las personas. Por otra parte, los algoritmos están
diseñados y los datos son seleccionados y presentados por seres humanos, de
allí que siempre se infiltra algún tipo de sesgo. Esta posibilidad genera un
proceso conocido como la “dictadura de datos”, en cuyo marco los juicios ya no
son sobre nuestro yo real o nuestras acciones reales sino sobre identidades
digitales, que condicionan la interacción persona a persona ya que los juicios
se establecen sobre un perfil construido por la base de datos que registra
nuestros movimiento digitales. Este uso de los macrodatos en el ámbito público
no informa al usuario qué datos se recopilan y cómo se procesan. Esta identidad
digital sanitaria implica una invasión a la privacidad, en particular cuando se
autoinstala en el teléfono celular.
Pero además se ha
advertido que en el ámbito del Covid 19 se están realizando un gran número de
encuestas que indagan acerca de comportamientos sociales, psicológicos,
sexuales, entre otros, que se ubican en el ámbito de la intimidad. Los que
solicitan datos no siempre cuentan con avales institucionales reconocidos y
fiables lo que se justifica por la urgencia de la situación y sobre el
prejuicio de que las encuestas son inocuas y no provocan daño. El requerimiento
de datos sensibles a sujetos vulnerados en distintos grados por una situación
extraordinaria de pandemia, con escaso o nulo consentimiento informado, sin
garantías reales de confidencialidad, sin registro de posibles daños y
compromiso de resarcimiento o contención y sin un plan acerca del uso que se
les dará constituye una falta ética grave, de consecuencias imponderables. La
declarada inocencia de las redes sociales así como la supuesta neutralidad del
tratamiento de los datos, suelen ser factores distractores en los procesos de
manipulación de los usuarios.
Consideramos que
para preservar (parcialmente) el principio de respeto a la autonomía y el
derecho a la privacidad, en un caso se debería difundir la aplicación, sin que
ésta se autoinstala, así como explicar a la ciudadanía cómo se procesan los
datos. En el segundo caso, informar de la finalidad de la toma de datos y
quiénes son sus destinatarios. En ambos casos, informar de los alcances de la
ley Nro. 25.326, que rige el uso y protección de datos personales en la
República Argentina y ofrecer garantías de confidencialidad, especificando las
medidas que se tomarán para resguardar y proteger los datos. Asimismo,
previendo posibles daños a quienes se encuentran cursando cuadros vinculados a
ansiedad o depresión, tienen disfunciones varias, transitan situaciones de violencia
doméstica o de género, o simplemente no comprenden las consignas, así como se
involucre a niños, niñas y adolescentes se deben pensar resguardos específicos
para proteger a los sujetos que otorgan los datos y dispositivos de contención,
si se comprueba el daño. Es importante señalar que la seguridad de la
información, que es posterior a la recolección del dato, no protege de las
posibles vulneraciones que la obtención del dato puede ocasionar. El punto de
partida, que a veces queda invisibilizado, es donde debería ponerse el énfasis
del cuidado ético.
3. 5. Discriminación vs.
reconocimiento de grupos vulnerables
Este conflicto totalmente
vigente obliga a tener en cuenta la no discriminación en la atención y el
cuidado de las personas, poniendo especial atención a los grupos en situación
de vulnerabilidad. Las desventajas de estos grupos ya sean biológicas,
psicológicas y/o sociales, impele al reconocimiento de un plus en la
distribución de los beneficios como principio restitutivo en la justa distribución
de un bien, como lo es la salud.
Analizaremos a continuación
diferentes grupos en estado de vulnerabilidad
-
Personas y comunidades en el primer nivel
de atención
Si bien no está cuantificado,
las medidas de aislamiento tuvieron como consecuencia que gran parte de la
población no concurra a los servicios de salud o lo haga tardíamente. Y aunque
no se trate de personas en situación de vulnerabilidad,
se deben implementar medidas que garanticen un acceso adecuado y oportuno a
aquellas personas con posibilidades de enfermar tanto por el virus COVID 19 como
por otras condiciones/patologías, ya sean crónicas como agudas, que suelen ser
desatendidas en situaciones de pandemia. Un problema ético fundamental es la forma en la que se
debe resguardar la protección del derecho a la salud en términos de
universalidad, en condiciones de igualdad para todos los individuos sin
discriminación, en situaciones de pandemia. A este contexto se suman las
deficiencias que ya tienen los sistemas públicos de salud de nuestro país
regidos por su fragmentación y segmentación como resultado de políticas
neoliberales de gestión y el impacto que produce el aislamiento domiciliario,
que pone en peores condiciones de acceso a determinados grupos especialmente
vulnerables.
La consideración de la
actuación de los equipos del primer nivel de asistencia es reconocido como el
más indicado para resolver este conflicto. Sin olvidar al escalón inicial de la
atención, la propia población, que tiene en su haber históricos y ancestrales
procesos de cuidado, que conforman el entramado con el que se encuentra la
mirada institucional.
Debe ponerse el acento, en
primer lugar, al acceso al sistema de salud desde el primer nivel de asistencia
de todas las personas, en particular de aquellas que se encuentran en
condiciones que obstaculicen esa posibilidad, que incluye, además, a la mayoría
de las personas portadoras sanas del virus o con síntomas muy leves que, por tales,
pueden no ser percibidos como de cuidado especial. Esto significa proveer de
guías de atención estandarizadas, sin diferenciar por sector público, privado o
de obras sociales, así como de los elementos de atención específicos que
requiera el primer nivel de atención por la alta complejidad
socios-psico-sanitaria de los problemas que aborda; como por el segundo y
tercer nivel, que se complejizan en tecnología. Además, toda guía/protocolo de
atención, debería ser claramente informada y debatida con la población a
asistir, ofreciendo espacios de participación y puesta en común, y asegurando:
- Brindar alimentación a quienes pueden verse inmersos en una crisis
alimentaria con especial atención a niños y niñas que no asisten a las escuelas
- Tener servicios de asistencia adecuada y oportuna en domicilio gratuitos para
personas que así lo requieran. - Proveer a las personas de elementos para
protegerse a sí mismos y sus familias de posible contagio (agua potable, kits
de higiene, lavandina, alcohol en gel, cubrebocas, etc.). - Ofrecer test de
modo oportuno a todas las personas de manera universal en base a criterios
médicos. - Garantizar el cumplimiento de vacunación obligatoria y de servicios
de salud sexual y reproductiva en todos los centros de primer nivel. -
Fortalecer las redes y adecuar los circuitos de atención a las víctimas de violencia de
género. - Acceder a los domicilios de personas con discapacidad que no cuenten
con acceso a sus servicios de rehabilitación. -Arbitrar los medios para brindar
acceso a las consultas relacionadas con los problemas de salud psicosocial,
agudizados en esta situación de pandemia. - Asegurar el control clínico de
salud integral, que incluye la bucal y psicosocial, de las personas en todas
las etapas de la vida, aún en situación de aislamiento. - Brindar acceso a
tratamientos de baja y mediana complejidad a quienes así lo requieran por
criterios médicos. Todo esto garantiza una
atención integral, que incluye el cuidado emocional y de los lazos sociales que
pudieran verse afectados.
-
Personas
que padecen enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT)
Existen
suficientes evidencias científicas que muestran que las enfermedades crónicas
no transmisibles afectan en mayor medida a los sectores en situación de mayor
vulnerabilidad social y económica, perpetuando la pobreza. En la región,
Argentina, junto con Uruguay y Chile se encuentra entre los países con mayor
proporción de muertes debido a estas causas. De acuerdo con la información
publicada por la Dirección de Estadísticas e Información de Salud, en el año
2018, el 47.5% de las muertes se debió a enfermedades cardiovasculares, tumores
malignos y accidentes cerebrovasculares, lo que coloca a éstas entre las 3
principales causas.
El marco
normativo sanitario argentino prevé acciones concretas para paliar este
problema pero, en contextos de pandemia, tales medidas se pueden ver afectadas
por la necesaria derivación de los recursos humanos a atender los casos
afectados por el COVID 19. Es preciso que todos los sectores sanitarios vuelquen
todos los esfuerzos disponibles para no desatender a los pacientes que padecen
ECNT, siempre y cuando no se ponga en riesgo su salud ni la de las potenciales
víctimas del COVID 19.
Lo mismo que para
otros casos similares, es recomendable la entrega de insumos a domicilio para
la población bajo tratamiento cuando estén nominalizados los registros;
proporcionar más cantidad de tratamientos por persona para evitar nuevas
consultas en el corto plazo; contar con la disponibilidad de stock; organizar
la dispensa de medicamentos; programar la agenda de consultas de tal forma que
se pueda acceder al servicio de salud en turnos especialmente organizados;
evaluar la conveniencia de realizar consultas por medios digitales: mensaje de
texto, mail, Whats App, videoconferencia, telefonía, para evitar que las
personas permanezcan en el servicio de salud por un tiempo prolongado y tener
un control claro y actualizado del stock de insumos disponible en los depósitos
provinciales y municipales y en los centros de salud para implementar
estrategias de entrega adecuadas a este contexto.
-
Pobres
e indigentes
El grupo
constituido por personas en situación de pobreza e incluso de indigencia debe
ser considerado vulnerable debido a la constante violación que sufren sus
componentes del derecho a una vida digna. Estos grupos afectan a personas de
todas las edades, etnias, localización geográfica, educación e incluso a
trabajadores que son catalogados de informales y marginales. Las medidas
sanitarias de contención para toda la población se vinculan con el aislamiento
social, preventivo y obligatorio, junto a la necesidad del lavado frecuente de
manos, a base de alcohol o agua con jabón, lavado de alimentos y superficies y
el mantenimiento del distanciamiento social
La aplicación
efectiva de las medidas sanitarias en personas en situación de calle y
en barrios populares poblados generalmente por personas en situación de
pobreza, genera muchos interrogantes y dudas de que puedan cumplirse. En el
Sistema Universal de Derechos Humanos, Argentina ha asumido obligaciones
básicas, como el resto de los Estados, en particular garantizar el derecho de
acceso a los centros, bienes y servicios de salud sobre una base no
discriminatoria, asegurando el acceso a una alimentación esencial mínima que
sea nutritiva, adecuada y segura y que garantice que nadie padezca hambre.
Asimismo, garantizar el acceso a un hogar, una vivienda y condiciones
sanitarias básicas, así como a un suministro adecuado de agua limpia potable;
facilitar medicamentos esenciales; velar por una distribución equitativa de
todas las instalaciones, bienes y servicios de salud y adoptar y aplicar, un
plan de salud pública de carácter nacional que sea elaborado y periódicamente
revisado, sobre la base de un proceso participativo y transparente.
Una política que
tenga en cuenta estas exigencias debe sostenerse sobre la solidaridad
fundamentalmente. El verdadero valor de la solidaridad se expresa cuando quien
recibe esa cooperación carece de todo poder: el deseo de ayuda desinteresada no
surge de un cálculo utilitario, emerge del profundo deseo de reconocer al más
débil, y donde la fragilidad se vuelve terreno fértil para el cultivo de la
solidaridad. La solidaridad en tiempos de pandemia no es la mejor opción, es la
única opción para fomentar la igualdad.
Señalamos
sintéticamente las siguientes recomendaciones
-
Aplicar la “Recomendación y
medidas específicas para evitar la propagación del COVID19 en barrios populares
y cuidado de adultos mayores” emitida por los ministerios de Salud y de
Desarrollo Social de la Nación en todas las jurisdicciones y provincias.
-
Realizar testeos que garanticen condiciones de igual trato y de
segmentación equitativa.
-
Basar el
aislamiento comunitario en criterios de adecuación barrial, con especial foco
en adultos mayores y grupos de riesgo, con respeto a la identidad y prácticas
comunitarias, priorizando el protagonismo en la acción de representantes
religiosos, organizaciones sociales, clubes de barrio, escuelas y Centros de
Atención Primaria.
-
Garantizar bienes básicos que aseguren higiene y seguridad de
prácticas.
-
Aislamiento sanitario de casos leves y moderados asignando lugares
adecuados para el mismo que garanticen condiciones dignas de confinamiento y
atención médica suficiente.
-
Seguir los contactos estrechos y evitando la discriminación personal y
daños materiales.
-
Asegurar conexión y accesibilidad digital para un efectivo uso de
derechos digitales, en especial para el uso de la app oficial “Cuidar”.
-
Garantizar, en casos de aislamiento asistencial, contacto, al menos
digital, con familiares, grupos de pertenencia o allegados.
-
Morigerar, en casos de fallecimiento, las restricciones de
bioseguridad, asegurando un trato seguro, considerado y respetuoso en los ritos
de despedida y duelo.
-
Poblaciones en situación de vulnerabilidad social en contextos urbanos
Si
bien la pobreza tiene consecuencias homologables en sus resultados de salud,
presenta heterogeneidades que deben ser tenidas en cuenta a la hora de definir
las estrategias de abordaje.
Las
poblaciones que viven en asentamientos precarios en centros urbanos constituyen
uno de los grupos que deben ser tenidos en cuenta de manera diferencial.
En
todo el territorio nacional se calcula que hay 4.416 villas o asentamientos, en
las que viven más de 3.000.000 de personas. Estas poblaciones viven en
condiciones de hacinamiento y de falta de acceso a servicios básicos y a los
servicios de salud, y suelen presentar mayores tasas de comorbilidades, por lo
que la aparición del COVID 19 en estos espacios adquiere una relevancia
sustantiva.
En
estos casos se deben extremar las medidas de detección precoz y de seguimiento
de contactos. Paralelamente, en consideración de sus dimensiones y de la
fragilidad en sus condiciones de vida, se deben implementar estrategias
específicas semejantes a las recomendadas para pobres e indigentes en muchos
casos, a fin de garantizar las prestaciones necesarias sin someterlos a nuevos
padecimientos.
-
Equipo
de salud
La alta
contagiosidad del virus más la situación crítica del sistema de salud en que se
hallaba al comenzar la pandemia, situación que no sólo sufre la Argentina,
sumado a la evidencia del propio riesgo y no sólo el del paciente, hecho
consciente por las altas tasas de infección para los profesionales de la salud,
convirtieron al equipo de salud en un nuevo grupo en situación de
vulnerabilidad. Ello obliga a pensar respuestas específicas a esa situación de
parte de las autoridades: medidas de bioseguridad enfocadas directamente a este
grupo cuyos integrantes reconocen a menudo tener miedo.
No basta con
asegurar los insumos que garantizan protección, sino que hay que encontrar la
forma de que los mismos sean bien administrados para que pueda practicarse la solidaridad
en lugar de garantizar la propia seguridad. Para ello sería importante que las
autoridades dotaran al personal de salud de lineamientos claros respecto a
cuáles son los límites en la asignación de recursos humanos y no humanos,
definiendo los alcances de las obligaciones y responsabilidades de cada uno:
sus tareas y cómo controlarlas.
El equipo de
salud debe tener en claro que arriesgarse a exposiciones inútiles por mal uso
de los elementos como guantes, barbijos, antiparras, o el distanciamiento
necesario, provoca además de daños propios, daños a terceros, pues limitará su
capacidad de cuidar a futuros pacientes, perjudica al operativo de salud,
contagiará a pacientes y generará circulación del COVID 19 en y a través del
espacio destinado a proteger la salud, lo cual siembra desconfianza en la
población respecto de los lugares y personas que pueden atender a sus
necesidades. Para fomentar y apoyar que puedan hacerse cargo de la situación
mediante un adecuado entrenamiento de los equipos en situación de emergencia,
sería importante crear redes de comités de bioética o comités de bioética
regionales o zonales ad hoc, además
de los comités de crisis hospitalarios, que reúnan a los distintos comités de
ética hospitalarios con sus problemáticas particulares.
Las autoridades
competentes deberán garantizar al equipo profesional de salud no solo los
insumos necesarios de protección sino los procedimientos operativos para
actuación en pandemia, brindándoles seguridad y confianza para llevar adelante
la atención y el cuidado que el paciente con COVID 19, se merece. No basta con
declarar “héroes” a los médicos y las personas que los acompañan sino que se
los debe asistir con protocolos seguros, con espacios dónde poder encaminar sus
dudas para que sean resueltas, con funcionarios que solucionen los problemas
que los afectan, con retribuciones salariales justas, con respuestas a
situaciones dilemáticas: algún tipo de guías que indiquen por lo menos lo
éticamente inadmisible. Esas directivas de acción deben provenir de un trabajo
conjunto entre los efectores de salud y las autoridades hospitalarias y
ministeriales con el objetivo de reducir al mínimo los aspectos que puedan
quedar librados al azar y, por ende, a la evolución natural de la pandemia.
Cuidar la vida es un mandato para todos los que se encuentran involucrados en
el sistema de salud.
-
Niños,
niñas y adolescentes
La ética en la
perspectiva de niñez y adolescencia nos afirma que cada niño o niña son sujetos
sociales, con derechos, dignidad, autonomía y vulnerabilidad. Por su
vulnerabilidad, precisamente, merecen la mayor atención desde el Estado y la
sociedad, promoviendo sus capacidades en el desarrollo integral y favoreciendo
sus derechos
La pandemia marcó
en todo el mundo y en nuestra región latinoamericana profundas brechas de
desigualdad que tienen un gran impacto en los niños, niñas y adolescentes. Por
ello es necesario priorizar el interés superior del niño/a y adolescente frente
a la pandemia y, en especial, en aquellos que no cuentan con cuidados
familiares, en quienes se encuentran en situación de calle, en condición de
pobreza o bien institucionalizados.
Este grupo
etario, el cual se encuentra en un 50% bajo la línea de pobreza, permanece
invisibilizado, posiblemente porque hasta el presente se ha librado de los
efectos y síntomas más graves de la enfermedad aunque, como ha quedado
demostrado, puede contraer el coronavirus. Independientemente de esta
circunstancia, sus vidas se encuentran altamente conmocionadas en diferentes
sectores y particularmente quienes viven en situaciones de pobreza e
indigencia.
Es necesario
considerar con cierta singularidad los diferentes niveles de riesgo. Respecto a
los adolescentes privados de libertad en centros de justicia juvenil, es
necesario prevenir el contagio reduciendo el hacinamiento,
reevaluando las medidas de privación de libertad, siendo este un último
recurso y promoviendo alternativas socioeducativas (Convención sobre los
Derechos del Niño de Naciones Unidas (art. 37) y la Constitución Nacional
(art.75 inciso 22).
Uno de los
desafíos éticos y que puede requerir de mayor atención es la necesaria y
efectiva estrategia de aislamiento social, preventivo y obligatorio y sus
afectaciones específicas sobre este grupo etario y sus familias, entre las
cuales el contexto de violencia puede verse acentuado. Esta situación requiere
de abordajes psicosociales preventivos y sistemas de alarma temprana. La
necesidad de prolongar el estado de cuarentena en los grandes centros urbanos,
plantea un conflicto de mayor complejidad por los efectos individuales y
colectivos en el plano psicoemocional y somático.
Por otra parte,
las políticas públicas educativas han quedado concentradas en la comunicación
virtual o bajo otras modalidades. Cabe recordar que, según un último estudio de
UNICEF Argentina, el 37% de los escolares no cuenta con Tablet, notebook o
computadora.
Respecto de los
niños más pequeños, la propuesta de salud pública deberá sostenerse en la
intersectorialidad coordinada y complementaria, promoviendo una visión integral
destinada a garantizar el derecho a la salud en el plano psicosocial por lo que
deberá tomar en cuenta que, en la actual etapa del aislamiento, esos niños
confrontan con una intensa incertidumbre y con poca posibilidad de respuestas
concluyentes.
La perspectiva
adolescente en la Encuesta COVID19 de UNICEF Argentina (2020) comunica que el
22,5% se siente asustado, el 15,7% angustiado y el 6,3% deprimido, aunque el
mismo estudio señala que el 97% de los adolescentes aprueban las medidas de
aislamiento social. Por ello habrá que evitar soluciones simplistas a dilemas
complejos, desde la perspectiva ética y de derechos humanos, a la hora de
modificar la estrategia sanitaria o reducir el aislamiento sin suficientes
condiciones de apoyo y contención al sector adolescente. Estimamos necesario
fortalecer aquellas medidas que se inspiren y motiven en valores y conductas
que identifican a la adolescencia con el mundo creativo, innovador y de
intensidad en la comunicación social buscando la participación de la familia y
la inclusión de los protagonistas en un sistema de devolución participativa en
la estrategia global actual y próxima. Asimismo es importante fortalecer
políticas de cooperación y articulación de acciones territoriales con
organizaciones sociales, comunitarias e iglesias potenciando la capacidad de
las mismas en su conocimiento y relación con los niños/as y adolescentes,
particularmente de las barriadas populares de los grandes conglomerados.
-
Personas con padecimiento mental
En nuestro país,
la salud mental es reconocida como “un proceso determinado por componentes
históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya
preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social
vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona”
(Ley Nacional de Salud Mental). De acuerdo con esta ley, las personas con
padecimiento mental tienen, entre otros, el derecho a recibir atención
sanitaria y social integral y humanizada, lo que implica ser tratadas de manera
personalizada, con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos
restrinja sus derechos y libertades, en un ambiente apto, con resguardo de su
intimidad y acompañamiento familiar o afectivo, con pleno respeto de su vida
privada y libertad de comunicación. Con el transcurrir de los días de vigencia
del aislamiento social obligatorio, se incrementó la demanda de atención de la
salud mental de la población, ya sea debido a crisis producidas por la
situación en personas sanas o por agravamiento de padecimientos mentales
preexistentes. Sin embargo, en el contexto de la pandemia, los dispositivos del
sistema público en funcionamiento para proteger la salud mental, no cuentan con
profesionales de salud mental en los equipos interdisciplinarios, sus horarios
de atención son reducidos y la disminución de turnos programados con el objeto
de limitar la circulación de personas producen como efecto un servicio
desarticulado. La atención telefónica para la contención inmediata y posterior
derivación implica, en el mejor de los casos, una atención medicalizada del
padecimiento mental, reducida a internaciones breves y provisión de
psicofármacos.
Desde una
perspectiva bioética de derechos humanos, se puede señalar:
1.- Es importante
que desde la máxima autoridad sanitaria del país se brinden lineamientos que
garanticen una acción efectiva y segura para todos los ciudadanos con
padecimiento mental, durante y después de la pandemia para mejorar la
disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud mental sin
discriminación. Esto incluye la distribución equitativa de tales servicios y
bienes en la comunidad, particularmente de las poblaciones que tienen mayor
riesgo de verse afectadas en su salud mental.
2.- La
incertidumbre, en tanto dificultad para proyectar la vida a futuro, aumentó
significativamente en el contexto de pandemia, con la consecuente repercusión
en la subjetividad y el previsible aumento de padecimientos mentales en la
población. En consecuencia, los lineamientos deberían promover la eliminación
de estigmas y estereotipos negativos que puedan surgir sobre ciertos grupos de
personas en el contexto de la pandemia.
3.- Se deberá
procurar restablecer en el menor plazo posible los dispositivos de atención
primaria de la salud mental, constituyéndose y articulando con otras áreas del
sector público y con las organizaciones comunitarias.
4.- Debe
prestarse especial atención al sufrimiento que pueda desencadenar el contexto
de pandemia en las personas que se encuentran internadas en instituciones
psiquiátricas y comunidades terapéuticas. No sólo se deben extremar las medidas
para evitar el contagio de COVID19 sino atender también a mitigar el
agravamiento de síntomas relacionados con el aislamiento social preventivo obligatorio.
Al limitar de manera significativa el contacto
con el exterior, puede verse reforzada la vulneración de derechos humanos
propias del encierro y aislamiento al que ya se encuentran sometidas las
personas en estas instituciones.
-
Salud sexual y reproductiva
La Ley Nacional
25.673 por la cual se creó la actual Dirección Nacional de Salud Sexual y Salud
Reproductiva, afirma: “la salud reproductiva es un estado general de bienestar
físico, mental y social […]en todos los aspectos relacionados con el sistema
reproductivo, sus funciones y procesos… estadísticamente se ha demostrado que,
entre otros, en los estratos más vulnerables de la sociedad, ciertos grupos de
mujeres y varones, ignoran la forma de utilización de los métodos anticonceptivos
más eficaces y adecuados, mientras que otros se encuentran imposibilitados
económicamente de acceder a ellos”. En
este contexto, dicha Dirección ha realizado recomendaciones el pasado 24 de
marzo. En ellas cita a la Organización Mundial de la Salud (OMS) diciendo que
“en las Directrices Operativas para el
Mantenimiento de los Servicios de Salud Esenciales Durante la Pandemia COVID 19 reconoce que la pandemia de COVID 19 está sometiendo a los sistemas sanitarios y
personal de salud a una gran presión y al mismo tiempo advierte la necesidad de
mantener la atención de servicios esenciales de salud”. En este sentido, recuerda que el acceso a métodos anticonceptivos,
la anticoncepción de emergencia en particular y el acceso a la interrupción
legal del embarazo (ILE) con prestaciones esenciales y de emergencia, deben ser
garantizados siempre y en todo momento. Por lo tanto, debe asegurarse el acceso
en buenas condiciones y la satisfacción de la demanda en el momento, sin
dilaciones.
Se recomienda,
frente a esta crisis, simplificar en extremo los procedimientos para que la
atención sea efectiva, segura y ágil. Para ello, se aconseja la entrega a
domicilio de insumos bajo programa cuando estén nominalizados los registros, la
organización del servicio con turnos específicos programados para atender a la
población sana que acude a buscar métodos anticonceptivos, la entrega de una
mayor cantidad de métodos por persona para evitar nuevas consultas en el corto
plazo, siempre teniendo en cuenta la disponibilidad de stock de cada insumo y
evaluando la conveniencia de realizar consultas por medios digitales para
evitar que las personas permanezcan en el servicio de salud por un tiempo. En
el caso de ILE se deben identificar los circuitos de atención que pueden
sostenerse. Coordinar la referencia y contrarreferencia de las mujeres,
priorizando la oportunidad y celeridad en la atención, sostener y fortalecer
las vías de acceso a la medicación y promover las prácticas ambulatorias con
información y seguimiento, así como tener un control claro y actualizado del
stock de insumos disponible en los depósitos provinciales, en los municipios,
hospitales y en los centros de salud para asegurar la disponibilidad de la
medicación, de instrumental de AMEU o de los insumos necesarios. Finalmente,
priorizar los tiempos, pues resolver más allá de las 12 semanas requiere otra
infraestructura y por ello es clave no perder oportunidades a la vez que
asegurar calidad y oportunidad dentro de la normativa vigente.
-
Violencia
de género
La pandemia del COVID-19 ha
incrementado el riesgo de las mujeres, travestis, personas trans y no binaries
a padecer violencia en sus diferentes modalidades. Una de ellas el abuso sexual
para niños y niñas
En Argentina, en 2019 hubo
299 femicidios, una mujer asesinada cada 29 horas. Estimaciones mundiales y
regionales de la violencia contra la mujer consideran que cerca del 35% de
todas las mujeres experimentaron hechos de violencia en algún momento de sus vidas, siendo
la violencia recibida por parte de su pareja o su expareja el tipo más común.
En este estado de situación, un contexto de aislamiento social preventivo
obligatorio, imprescindible por cierto, se convirtió para muchas mujeres y
niñas en un peligro mortal.
Desde que comenzó la
cuarentena y se decretó el aislamiento social preventivo obligatorio, se
registraron 33 feminicidios en el país, de un total de 67 en lo que va del año,
también han aumentado considerablemente las líneas de atención, los pedidos de
ayuda y los refugios para la violencia doméstica, demostrando que se incrementa
la necesidad de protección para este grupo. Esta situación genera nuevos
desafíos, ya que a la tensión y el estrés generados por la crisis sanitaria,
social y económica que la acompañan, unido al aislamiento de las mujeres de
varones violentos, se suma la dificultad de acceder a personas y recursos
protectores. Asimismo, no se puede soslayar las dificultades en la adaptación
de los refugios a la realidad de la pandemia de COVID19. A esto se suman bajos
índices de denuncia, de registro de los casos y de respuestas efectivas a las
mujeres víctimas de violencias y de niñas víctimas de abuso sexual. En esta
situación, interpelamos a todas las autoridades y agentes del Estado a destinar
los recursos necesarios para reparar los daños de la violencia y del abuso, a
implementar medidas de apoyo económico y a movilizar a la justicia para tomar
las medidas necesarias para abordar los casos de abuso y violencias. Los
servicios policiales y judiciales se deben movilizar a fin de garantizar que se
otorgue prioridad a los incidentes de violencia contra las mujeres y las niñas,
evitando que los agresores queden impunes. Al mismo tiempo se deben incrementar
las líneas de apoyo a las comunidades y a las organizaciones de la sociedad
civil que, hasta ahora, han sido actores claves para la prevención y el cuidado de niñas, mujeres, personas trans y
disidencias. En estos momentos, más que nunca, se deben potenciar todas las
líneas de atención, sumando soluciones tecnológicas a las más tradicionales; el
aislamiento social preventivo obligatorio no debe ser sinónimo de indiferencia.
El Ministerio de Salud debe también convocar a las instituciones públicas,
órganos de protección, medios de comunicación y a las organizaciones de la
sociedad civil a difundir información sobre los espacios de contención,
prevención y atención.
-
Minorías sexuales
Entre las
minorías sexuales, las personas trans[1] acarrean
con años de maltrato, exclusión y promesas incumplidas. Las distintas formas de
discriminación y violencia que sufren de forma cotidiana se imprimen en sus
cuerpos y cierran sus puertas a la posibilidad de imaginar un futuro de
ejercicio pleno de su ciudadanía. En este grupo de personas, en el que la
expectativa de vida raramente supera los 40 años, la mayoría padece las
exclusiones vinculadas a la vulnerabilidad social y económica, ya que viven en
condiciones de pobreza, no completan los ciclos educativos obligatorios y más
del 70% ejercen o han ejercido la prostitución (lo que se incrementa al 80%
cuando sólo se considera a las mujeres trans). Más del 80% son usuarias del
sistema público de salud, casi la mitad han padecido experiencias de discriminación
por algún integrante de los establecimientos de salud, tres de cada diez deben
abandonar algún tratamiento médico y cinco de ellas dejan de concurrir al
sistema.
Los contextos de
epidemia exponen a los integrantes de los equipos de salud a situaciones de
extrema exigencia que pueden tener como consecuencias incremento en sus
expresiones de discriminación, mal trato o destrato, sobre todo con poblaciones
que previamente ya estaban expuestas.
-
Pueblos originarios
La urgencia de la
amenaza de la pandemia puede invisibilizar la situación en la que viven las
poblaciones de los pueblos originarios, entre quienes persisten las mayores
brechas en las condiciones de vida, en los niveles de pobreza y en el grado de
vulnerabilidad sanitario frente a sus coetáneos no indígenas. En este sentido,
los niveles de prevalencia de enfermedades transmisibles, de problemas de
nutrición, las tasas altas de fecundidad, de embarazo adolescente, de
infecciones de transmisión sexual y el acceso diferencial a los sistemas de
salud, son indicadores de hasta qué punto estas poblaciones presentan
condiciones de inequidad en lo que se refiere a sus condiciones de vida en
general y a la salud en particular.
En función de la
numerosa legislación vigente y de los acuerdos internacionales a los que la
Argentina adhiere, instamos a los efectores de salud de todo el territorio
nacional a priorizar intervenciones sanitarias con un enfoque intercultural, de
manera proactiva, con prácticas culturalmente apropiadas, respetando sus redes de
respuesta y contando con su participación.
-
Personas
privadas de libertad
La situación de salud de las
personas privadas de libertad en las cárceles es extremadamente crítica debido
mayoritariamente a las condiciones de detención y al hacinamiento. Los lugares
de encierro están colapsados. El Servicio Penitenciario Federal está ocupado en
más del 110%. En el SPB la situación es peor: la ocupación es el doble de su
capacidad de alojamiento. En total hay 47.500 presos en cárceles bonaerenses
que tienen plazas para 24.000; unos 4.000 presos están en comisarías donde hay
espacio para 1.300 y también hay internos en alcaidías, lo que suma una cifra
por encima de esos 51.000. Esta sobrepoblación significa que las personas
privadas de la libertad no tienen camas para dormir, ni alimentación
suficiente, ni atención médica, situación que muchas veces es ocasión para la
violencia.
La llegada de la pandemia de
COVID 19, encuentra a las cárceles en una situación crítica tanto por el
hacinamiento –su principal factor contraproducente- como también por las
condiciones de salud preexistentes en los detenidos. Una de las enfermedades
más comunes y nocivas del medio carcelario es el VIH-sida. La situación
actual es dramática ya que se ha estimado que un 7,07 % de la población
carcelaria tiene HIV (+), superando casi en doce veces a la tasa estadounidense
(0,6 %). También hay abrumadora presencia de asma, tuberculosis y
hepatitis. Las recomendaciones de los expertos en salud penitenciaria
dicen que los lugares con más del 75% de ocupación ya son muy difíciles de
controlar ante epidemias. En estas condiciones si se desata el contagio
puede ser veloz, por ese motivo se insta a todos los organismos responsables a
actuar de manera conjunta, integral y rápida para lograr que las medidas de
contención del COVID 19 sean efectivas y para garantizar la protección de la
salud y la dignidad de todas las personas privadas de la libertad.
-
Adultos mayores
En Argentina se
estima que más de 7 millones de personas tienen 60 años o más, lo que
constituye más del 15% del total de la población. Las características particulares
de esta población y del riesgo que implica para ella el COVID 19 trae consigo la
necesidad de recordar una vez más el reconocimiento de las personas mayores
como sujetos de derechos y de desarrollo, con foco especial en mejorar su
calidad de vida en tanto no se ponga en riesgo su salud. Ello implica
identificar y enfrentar los retos de los fenómenos de la pobreza y
vulnerabilidad social en este grupo etario, especialmente los que se hallan en
establecimientos geriátricos, reconociendo las fortalezas del aporte de su
experiencia y conocimiento para la sociedad, constituyen un camino certero para
lograr una sociedad para todas las edades.
Apelamos al
compromiso del sector salud en todos los sectores para la implementación de
medidas especiales para evitar la propagación del COVID 19 por el riesgo que
ello ocasiona en términos de letalidad. Pero siempre reconociendo su
participación continúa en la toma de decisiones de acuerdo con sus necesidades,
deseos y capacidades, al mismo tiempo que se les proporciona protección,
seguridad y cuidados y sin olvidar en ningún momento que las personas mayores
deben ser participantes plenas en el proceso de cuidado y prevención. En este
sentido, las intervenciones deben ir dirigidas a disminuir los factores de
riesgo y fortalecer los factores protectores, sin descuidar su independencia,
participación, asistencia y seguridad, promoviendo contextos de inclusión
social, fortalecimiento de redes sociales, procesos de integración
intergeneracional y entornos que favorezcan la estimulación cognitiva, sobre
todo a través de la inclusión digital. Merecen especial atención los
establecimientos geriátricos que deben ser estrictamente controlados tomando en
cuenta lo sucedido en ese sentido en países europeos.
Conclusión
El
Comité de expertos ha hecho aportes para optimizar todas las acciones ante la
emergencia sin dejar de garantizar el respeto de la ética y los derechos
humanos. Ha tenido en cuenta las falencias heredadas por el sistema sanitario
argentino carente de vigilancia sanitaria para enfrentar los daños de los
brotes de enfermedades infecciosas emergentes con potencial epidémico o
pandémico
El actual gobierno nacional
secundado por los gobiernos provinciales ha decidido instrumentar políticas
coordinadas nacionalmente con carácter de emergencia sanitaria. Estas políticas
están correctamente orientadas por una concepción preventiva de salud pública
para la comunidad en su totalidad, cuyos indicadores muestran una alta
efectividad y eficiencia del sistema en cuanto a la prevención, buscando los
mismos resultados a la hora de enfrentar el pico de la pandemia como el modo
más eficaz de cuidar la vida de todos.
Uno de los ejes esenciales en
ética de la Salud Pública, es tener la capacidad de prever los contextos de
riesgo poblacional e individual. La prevención se sustenta en el diagnóstico
certero en base al conocimiento acabado de la situación real en la que la
sociedad se encuentra, involucrando el análisis de los contextos
internacionales de potencial incidencia local. Los indicadores muestran una
alta efectividad y eficiencia del sistema sanitario en su conjunto para
afrontar la pandemia, en cuanto al diagnóstico del cuadro de situación en
permanente cambio, como así también en las tomas de decisiones en relación con
las medidas preventivas, prescriptivas, y pronósticas, como el modo más eficaz
y justo de cuidado de la vida de todos los argentinos.
Sin embargo, ello no nos debe
hacer perder de vista la obligación de reflexionar sobre las políticas una vez
pasada la emergencia pandémica. El sistema de salud resultante de esta
situación de crisis es una preocupación de este Comité y, por ello, insta a
pensar en él después de la pandemia, en orden a un sistema de salud argentino
más justo, más igualitario y más solidario.
Autores
Silvia
Brussino
Beatriz Firmenich
Susana La Rocca
Norberto
Liwski
Andrea Macias
Ignacio
Maglio
María Luisa
Pfeiffer
Juan Carlos
Tealdi
Pascual
Valdez
Susana Vidal
Colaboradores
Carolina
Angelini
Mónica
Capalbo
Juan
Carlos Celhay
Cecilia
Labriola
Ignacio
Mastroleo
Marcela
Olivero
Alejandra
Sánchez Cabezas
Juan
Schuhmacher
[1] Las personas trans son
aquellas en las que el sexo asignado al nacer no concuerda con la identidad de
género vivenciada en el desarrollo al crecer.
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